jueves, 4 de diciembre de 2014

IMPORTANTE SOBRE TELETRABAJO

CLIC PARA CIRCULAR

CLIC PARA EXPEDIENTE

San Isidro de El General, jueves 04 de diciembre del 2014.

Oficio SCEC08-119-12-2014

Señores-as:
Directores-as que tienen personal a su cargo del Título I ( cocineras, guardas, secretarias, trabajadora social, psicólogos, orientadores de primaria y otros).

Estimados compañeros y compañeras:
Favor poner atención cuidadosa al proceso que deben desarrollar ante la posibilidad y derecho que tienen algunos funcionarios (no todos) de acogerse a la opción laboral de teletrabajo. El procedimiento a seguir está bien establecido en la circular DM-046-12-2014. Favor revisar cada detalle y proceder como corresponde sin obviar ningún punto de la circular.
Adicional a ese proceso les indico lo siguiente:
a-  Deben enviarme un oficio antes del martes 9-12-2014 con la lista de todos los funcionarios del título primero en un cuadro con la siguiente información:
Nombre y apellidos
Puesto
Horario
Principales tareas
*Tiempo días en teletrabajo
Periodo de
vacaciones






*Se llena solo si el funcionario se acoge a esta modalidad.
b- Cada director debe elaborar un expediente de los funcionarios que soliciten el teletrabajo. El expediente lleva como información básica: 1- la solicitud del funcionario que indique que tiene todas las condiciones para el ejercicio del teletrabajo, tal como se pide en la circular DM-046-12-2014. 2- Aprobación por parte del director donde se le comunicó al funcionario su decisión. 3- Firma de un contrato donde el funcionario se compromete a cumplir con todos los requerimientos que condicionan esta modalidad. ( Este contrato puede ser sustituido por el modelo de solicitud y aprobación del Director que se les adjunta).

1-    Al final del cumplimiento del teletrabajo el funcionario debe realizar un informe de todo lo actuado con base en las funciones asignadas y algún otro acto realizado o sucedido.
Por último, el director debe presentar el día 15 de diciembre del 2014 en la oficina del circuito una copia del expediente de cada funcionario que se acoge al teletrabajo. Lo anterior debido a que le corresponde al Supervisor monitorear el desarrollo de este ejercicio laboral, tal y como lo señala el artículo 6.
Queda exento de la posibilidad de acceder al teletrabajo las cocineras y guardas a quienes les corresponde permanecer en sus labores dentro de la Institución.

Agradeciendo su atención.
                                                  

Atentamente,



                                              
                                                           ____________________________.
                                                          MSc. Luis Enrique Brenes Navarro
                                                        Supervisor de Centros Educativos
                                                     Circuito 08






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